18 mayo 2009

Insisten con la legalidad de las emisiones

(Fuente: Ecologistas en Acción de Tudela; imagen: J.C. de Pedro)

Llevamos tiempo denunciando que legalidad no significa inocuidad. Véase el caso del tabaco. ¿Es legal?. ¿Se vende en los estancos?. Pero eso no significa que sea inocuo para nuestra salud, a pesar de que se pueda comprar legalmente.

Lo mismo pasa con las emisiones de campos electromagnéticos (CEM) que producen, entre otros focos, las antenas de telefonía móvil. Nuestros Alcaldes y Concejales no se cansan en decirnos que emiten legalmente. Y nosotros no nos cansamos de decir que los límites actuales de exposición no protegen adecuadamente a los ciudadanos y, por lo tanto, no podemos quedarnos tan tranquilos como ellos recomiendan. Desde luego no protegen ni a grupos de población vulnerables ni a personas con exposiciones prolongadas o crónicas a CEM.

El último caso ha ocurrido en Tudela (Navarra). Los Ecologistas en Acción de Tudela han tenido que realizar puntualizaciones a las declaraciones de Dª María Victoria Castillo, publicadas en diferentes periódicos de mayo, referidos a las antenas de telefonía móvil instaladas en Tudela.

  1. Dice que las mediciones sobre estas ondas realizadas por el equipo de técnicos de Alcalá de Henares en Enero pasado, cumplen la normativa legal actual, ya que están entre quince veces y más por debajo de lo autorizado y que podemos estar tranquilos.
  2. Nosotros, no podemos sentirnos seguros, ya que la citada Ley que regula la intensidad de estas radiaciones, está siendo sistemáticamente cuestionada por infinidad de estudios científicos que vienen reclamando una drástica disminución de los niveles de emisión actuales.
    Así, podemos comprobar las diferentes normativas municipales de varios municipios de España como Alcoy, Molina de Segura, Ayuntamiento de Málaga, etc.
    Para mayor detalle, citaremos al Parlamento Europeo, que viene reclamando insistentemente a los países miembros que reduzcan drásticamente dichas emisiones. La última de ellas el día 4 de Abril de este año y aprobado por mayoría absoluta, también reclamando una mayor protección para los llamados CENTROS SENSIBLES, como escuelas, guarderías, centros geriátricos, parques públicos etc. (Algo nocivo estarán detectando ).
  3. Se presentaron a este Parlamento, más de 1.500 estudios revisados en el informe BioInitiative sobre estos campos electromagnéticos y cuyas conclusiones señalan los peligros que entrañan para la salud estas ondas, que cada día son más y más penetrantes; valga como ejemplo que la nueva tecnología que ya vienen aplicando estas antenas, se denomina U.M.T.S. (En cristiano, sistema universal de servicio de telefonía móvil). Esta nueva tecnología, funciona con una frecuencia de emisión, cercana a los tres Gigahercios. y cada gigahercio, supone varios miles de impactos por segundo. Para entendernos, es como un percutor con una velocidad endiablada de pulsaciones, que sin necesidad de aumentar la potencia emitida, tiene muchísima más capacidad de penetración por toda clase de obstáculos como paredes por gruesas que sean. TANTO ES ASÍ QUE YA SE TIENE POR OBSOLETO EL VALOR DE 0,1 MICROWATIO Y PASAR COMO MÍNIMO A 0,01 MICROWATIO POR CENTÍMETRO CUADRADO, ya que con esta última se tiene suficiente cobertura.
  4. Según entre otros D. Josef Peter, Director de M.P.A. Engineering S.A. de Suiza,” muchos problemas serían fácilmente evitables si las operadoras telefónicas se preocuparan por instalar sus antenas en lugares más retirados.
  5. En el apartado de recomendaciones efectuado por el arriba citado equipo de Alcalá de Henares, manifiesta primero que en el caso de alejar las antenas del casco urbano, las operadoras tendrían alguna dificultad y las personas que estuviesen hablando por su móvil, recibirían mas radiaciones. (Sólo las que estuviesen utilizando su teléfono móvil) En cambio, LA TOTALIDAD DEL RESTO DE PERSONAS QUE NO ESTÉN HABLANDO, RECIBIRÍAN MUCHÍSIMA MENOS RADIACIÓN QUE CON LAS ANTENAS DENTRO DEL CASCO URBANO.
  6. Finalmente, y como advertencia, estos técnicos de Alcalá, dicen que se tengan en cuenta las recomendaciones del Parlamento Europeo que inciden EN LA NECESIDAD DE UTILIZAR LA DISTANCIA COMO ELEMENTO PROTECTOR DE LA POBLACIÓN.

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