14 junio 2011

18 años del Principio de Precaución

(Fuente: Naciones Unidas, J.M. Lozano; imagen: elvigiadelmundo)

Tal día como hoy de 1992, en el cierre de la la Conferencia de Medioambiente y Desarrollo "The Earth Summit", en donde la niña Severn-Cullis Suzuki hizo enmudecer a los presentes, toda la Comunidad Internacional asumió el Principio de Precaucion, el nº15 de la Declaracion de Río de Janeiro: “cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

En la misma línea, la legislación de la Unión Europea, en relación al Medio Ambiente, establece que “el Principio de Precaución puede invocarse cuando es urgente intervenir ante un posible peligro para la salud humana, animal o vegetal, o cuando éste se requiere para proteger el medio ambiente en caso de que los datos científicos no permitan una determinación completa del riesgo”.

Recientemente, hemos podido ver cómo la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE), en su Resolución nº 1815 de 27 de Mayo de 2011 'Peligros Potenciales de los Campos Electromagnéticos y sus efenctos en el Medioambiente', ha subrayado que "el Principio de Precaución debe aplicarse cuando la evolución científica no pueda determinar el riesgo con suficiente certeza, especialmente especialmente en el contexto de una creciente exposición de la población, incluidos especialmente grupos vulnerables como los jóvenes y los niños, aspecto que podría generar unos costes humanos y económicos extremadamente altos por no actuar, haciendo caso omiso de alertas tempranas".

Alertas como la que ha lanzado la OMS a finales del mes pasado, incluyendo a los campos electromagnéticos como posible agente carcinógeno.


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