02 octubre 2006

"ZONA DE SEGURIDAD"

Fuente: Asociación de Vecinos "El Santísimo de Motril"

Basándose en la obligación de las antenas de tener un espacio físico denominado "zona de seguridad", a partir del cual se supone que los niveles de emisión de radiofrecuencias entran dentro de la Ley, podemos obligar a desmantelar antenas. Esta "zona de seguridad" de las antenas, según la normativa es un paralelepípedo (un globo) desde la base de la antena que abarca a 10 metros desde la base y 4 metros de alto, por lo que esos 10 metros que rodean a la antena deben pertenecer al mismo edificio ya que en caso contrario se estaría dando el caso que un edificio instalase la antena y el edificio contiguo sufriera la "zona de seguridad". Eso es como colocar un aspersor en mi azotea para regar al vecino.

Según esto para poder instalar antenas de telefonía móvil el edificio debe tener al menos una azotea de 200 metros cuadrados y tener instalada la antena en el mismo centro de la misma, en caso contrario las compañías telefónicas podrían estar utilizando nuestra casa como "zona de seguridad" sin nuestra autorización. La antena y zona de seguridad deben situarse en la misma propiedad. Las compañías telefónicas no tienen derecho a violar nuestro espacio. Los edificios y casas contiguas a las antenas, si se encuentran a menos de 10 metros de la base de la antena pueden entrar en esta "zona de seguridad". Están utilizando nuestra propiedad sin nuestro permiso. Todos tenemos derecho a la inviolabilidad del domicilio, ni siquiera las emisiones electromagnéticas tienen el derecho a entrar, y mucho menos a tener que sufrir nosotros esta "zona de seguridad".

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